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Secretaría de Energía
Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía
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Nota Informativa

 

Septiembre 11, 2009

 

 

Se publica en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

 

 

Ver reglamento

 

       Con el objeto de reglamentar la Ley para el Aprovechamiento sustentable de la energía, se definen acciones de coordinación interinstitucional y participación social.

 

       Establece que la SENER, a través de la CONUEE, elaborará una propuesta de Programa Nacional para el Aprovechamiento sustentable de la energía (PRONASE).

 

El 11 de septiembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento sustentable de la energía, con el objeto de reglamentar dicha Ley. En este documento se encomendaron diversas tareas a la CONUEE, que desde el pasado 28 de noviembre, funge como órgano administrativo desconcentrado y brazo técnico de la Secretaría de Energía en materia de Aprovechamiento sustentable de la energía.

 

Entre las tareas encomendadas a la CONUEE, se establece la elaboración del Programa Nacional para el Aprovechamiento sustentable de la energía, (PRONASE) a fin de alcanzar el uso óptimo de la energía en todos sus procesos y actividades, desde la explotación hasta el consumo.

 

La Secretaría de Energía envió el pasado 17 de julio el Anteproyecto de Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), a fin de que esta dependencia emitiera su dictamen sobre la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR).

 

También, se destacan las acciones de coordinación interinstitucional, participación social y elementos para incorporar a la planeación energética nacional. Asimismo, establece los criterios generales sobre el otorgamiento de un distintivo en eficiencia energética a los productos que para su funcionamiento requieran energía, y los certificados a personas e instituciones energéticamente responsables respecto a la incorporación de eficiencia energética en sus procesos y servicios.

 

Indica que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán entregar a la CONUEE la información sobre su consumo energético, para la integración y actualización del Subsistema Nacional de Información sobre el Aprovechamiento de la Energía.

 

Asimismo, se establecen los criterios mínimos de información que deberán incluirse --clara y visiblemente—en los equipos y aparatos que para su funcionamiento requieren suministro de energía.

 

De acuerdo a las nuevas facultades de la CONUEE ésta podrá supervisar la ejecución de los procesos voluntarios que desarrollen los particulares para mejorar su eficiencia energética.

 

Las medidas de aprovechamiento sustentable de la energía generarán beneficios significativos para la sociedad en su conjunto con las emisiones evitadas de gases de efecto invernadero que dejan de enviarse a la atmósfera debido al aprovechamiento sustentable de la energía.

 

La Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía fue publicada el 28 de noviembre de 2008, en el Diario Oficial de la Federación.

 

Ver reglamento

 

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Fecha de actualización de información: 30/10/09 16:32:36 Autor:

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