|

Formatos de aprobación para evaluar la conformidad de NOM?s
de eficiencia energética
ACUERDO por el que se dan a conocer los formatos que deberán usar los
Interesados, para realizar el trámite de aprobación de personas acreditadas
para evaluar la conformidad de las normas
oficiales mexicanas de eficiencia energética
ARTICULO ÚNICO.- Para
conocimiento de los interesados en
aprobarse para evaluar la conformidad de las normas
oficiales mexicanas de eficiencia energética se expiden los formatos para las
solicitudes del trámite CONAE-00-001 Aprobación de personas acreditadas para
la evaluación de la conformidad de normas
oficiales mexicanas de eficiencia energética, los cuales corresponden a las
siguientes modalidades:
CONAE-00-001A Solicitud de aprobación de
laboratorios de pruebas;
CONAE-00-001-B Solicitud de aprobación de
unidades de verificación;
CONAE-00-001C Solicitud de aprobación de organismos de
certificación; mismos que se encuentran en el anexo del presente Acuerdo y
cuyo uso será obligatorio en la fecha de entrada en vigor del mismo.
TRANSITORIO
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará
en vigor al siguiente día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga el Acuerdo por el
que se dan a conocer los formatos
que deberán usar los interesados, para realizar el trámite de aprobación de
personas acreditadas para evaluar la conformidad de las Normas Oficiales
Mexicanas de eficiencia energética, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
2 de agosto de 2004.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 10 de noviembre
de 2007.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación
y Uso Racional de los Recursos Energéticos y Director General de la Comisión Nacional
para el Ahorro de Energía, Juan Cristóbal Mata Sandoval.- Rúbrica1.
Documento completo Diario Oficial de la Federación, 2 de enero de 2008 (pdf)
Solicitud de aprobación:
Trámite en línea
Formato
de aprobación de unidades de verificación (pdf)
1 De acuerdo a lo establecido
en el Artículo Quinto Transitorio de “La Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía”,
cuando las leyes, reglamentos, decretos acuerdos u otros ordenamientos
jurídicos hagan mención a la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, la
referencia se entenderá hecha a la Comisión
Nacional para el
Uso Eficiente de la Energía.
|